Si sufriste una lesión o enfermedad durante tu Servicio Militar Obligatorio, es importante que conozcas las diferencias entre una pensión y una indemnización. En este artículo, te explicamos cuándo aplica cada una, qué dice la ley y cómo puedes reclamar tus derechos.
La indemnización es un pago único que recibes si tu incapacidad es inferior al 50% y se demuestra que fue causada por el servicio militar. Este pago está regulado por el Decreto 1796 de 2000 (Artículo 22).
La pensión es un pago mensual vitalicio que recibes si tu incapacidad es del 50% o más y te impide trabajar o realizar actividades normales. Este beneficio está regulado por la Ley 923 de 2004 (Artículo 2).
El tipo de compensación que recibas depende del porcentaje de incapacidad que te asigne la Junta Médica Militar. Según el Decreto 1796 de 2000 (Artículo 24), el porcentaje de pérdida de capacidad laboral determinará si procede indemnización o pensión:
El proceso de reclamación de una indemnización o pensión puede ser complejo. Contar con asesoría legal especializada es clave para:
Si sufriste una lesión o enfermedad durante tu servicio militar y no sabes si te corresponde una pensión o una indemnización, no dudes en contactarnos. En Minniti & López Abogados, estamos comprometidos con tu bienestar y te ofrecemos una consulta gratuita para evaluar tu caso. ¡No dejes que tu derecho a compensación quede en el olvido!
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